Patrón de Yate

La titulación de Patrón de Yate habilita el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 24 metros de eslora, con una potencia de motor adecuada a la embarcación. 

Permite la navegación entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a 150 millas náuticas de distancia.

Requisitos para la obtención del título según el Real decreto 875/2014 de 10 de octubre:

 

  • Estar en posesión del título de Patrón de embarcaciones de recreo (PER)
  • Para obtener el título habilitado a vela se tienen que realizar las practicas de vela del título de PER o en su defecto, teniendo el título de PER habilitado a vela, se convalidará el Patrón de Yate automáticamente a vela.
  • Realizar el curso de Radio operador de corto alcance de 12 horas de duración, excepto si ya se ha realizado para la obtención del PER

Información adicional

  • Edad mínima: 18 años
  • Prueba teórica: 4 exámenes (Teoria de Navegación, Carta, Segureidad y Méteo)
  • Prácticas: Prácticas básicas de seguridad y navegación (motor)
  • Requisitos: Superar el reconocimiento psicotécnico del CRM