Patrón de Embarcaciones de Recreo PER

La titulación de Patrón de embarcaciones de recreo es la titulación que habilita el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 15 metros de eslora y potencia adecuada a la embarcación. Se podrá navegar dentro de la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a ella trazada a 12 millas náuticas de distancia. También se permite la navegación entre islas en los archipiélagos Balear y Canario.

Atribuciones Básicas

  • Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 15 metros de eslora, con una potencia de motor adecuada a la embarcación.
  • Podrán navegar en una zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas, pudiendo navegar tanto en el archipiélago Balear como en el Canario.
  • Además podrán gobernar cualquier tipo de moto acuática.

Requisitos

  • Haber cumplido 18
  • Superar un examen teórico tipo test de 45 preguntas
  • Realizar las prácticas básicas de seguridad y navegación (motor)
  • Realizar las prácticas opcionales de vela para poder habilitar el título completo
  • Realizar el curso de Radio-operador de Corto Alcance de 12 horas de duración
  • Superar un reconocimiento psicotécnico en un CRM
  • Solicitar la expedición del título

Atribuciones Complementarias

  • Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 24 metros de eslora pudiendo, además, navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares

Requisitos

  • Realizar las prácticas complementarias de navegación de 24 horas (4 de ellas nocturnas)

Temario

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Examen teórico

  1. El examen se compondrá de 45 preguntas tipo test de formulación independiente entre sí, con cuatro posibles respuestas cada una. Siendo su duración máxima de 1 hora y 30 minutos.
  2. El examen se corregirá mediante un doble criterio de valoración, de tal forma que para lograr el aprobado se deberá responder correctamente un mínimo de 32 preguntas, no permitiéndose en ciertas materias, superar un número máximo de errores::
    • Del Convenio Internacional para Prevenir Abordajes, máximo 5 errores permitidos.
    • De Balizamiento, máximo 2 errores permitidos.
    • Carta de navegación, máximo 2 errores permitidos.
  3. La distribución de las preguntas de acuerdo a las materias de examen se hará según el siguiente cuadro:



    UT



    Identificación

    Número de preguntas examen (totalidad de la prueba)

    Número Máximo de errores permitidos (totalidad de la prueba)

    Número mínimo de respuestas correctas (totalidad de la prueba)

    Número máximo de errores permitidos (Prueba complementaria PNB)

    Número mínimo de respuestas correctas (Prueba complementaria PNB)

    1

    Nomenclatura Náutica

    4

    --

    --

    --

    --

    2

    Elementos de amarrae y fondeo

    2

    --

    --

    --

    --

    3

    Seguridad

    4

    --

    --

    --

    --

    4

    Legislación

    2

    --

    --

    --

    --

    5

    Balizamiento

    5

    2

    3

    --

    --

    6

    Reglamento (RIPA)

    10

    5

    5

    --

    --

    7

    Maniobra

    2

    --

    --

    --

    --

    8

    Emergencias en la mar

    3

    --

    --

    --

    --

    9

    Meteorología

    4

    --

    --

    --

    --

    10

    Teoria de navegación

    5

    --

    --

    --

    --

    11

    Carta de navegación

    4

    2

    2

    2

    2

    TOTAL EXAMEN

    45

    13

    32

    3

    15

  4. Relación existente entre las pruebas del patrón para navegación básica y el patrón de embarcaciones de recreo:
    1. Aquellas personas que estén en posesión del título de patrón para navegación básica, o hayan superado el examen teórico para la obtención del título de patrón para navegación básica de acuerdo a lo especificado en este real decreto, no tendrán que realizar la prueba específica para el patrón de embarcaciones de recreo en su totalidad, sino solamente las unidades teóricas 7, 8, 9, 10 y 11, disponiendo de un tiempo máximo de 45 minutos.
    2. Aquellas personas que estén en posesión del título de patrón para navegación básica, podrán presentarse al examen teórico específico para la obtención del título de patrón de embarcaciones de recreo y complementario del ya superado para la obtención del título de patrón para navegación básica, en cualquier Administración con competencias en la materia, sea ésta la misma que expidió a su favor el título de patrón para navegación básica u otra.
    3. Aquellas personas que hayan superado el examen teórico para la obtención del título de patrón para navegación básica, podrán presentarse al examen teórico específico para la obtención del título de patrón de embarcaciones de recreo y complementario del ya superado para la obtención del título de patrón para navegación básica, únicamente ante la Administración en la que aprobaron el examen teórico para la obtención del título de patrón para navegación básica y durante las dos convocatorias siguientes en las que la administración realice exámenes de patrón para navegación básica.
    4. Aquellas personas que se presenten al examen para la obtención del título de patrón de embarcaciones de recreo y no consigan superar la prueba, pero sí lo hagan de acuerdo a las exigencias del patrón para navegación básica, se les reconocerá dicho aprobado, bien para siguientes convocatorias en la misma Administración, bien para la expedición del título de patrón para navegación básica, conservando dicho aprobado durante un periodo máximo de dos convocatorias consecutivas en las que la administración realice los exámenes de patrón de embarcaciones de recreo.
Velero patrón PER PNB

Información adicional

  • Edad mínima: Haber cumplido 18 años
  • Prueba teórica: Superar un examen teórico tipo test de 45 preguntas
  • Prácticas: Prácticas básicas de seguridad y navegación (motor) y 12h de radio
  • Requisitos: Superar el reconocimiento psicotécnico del CRM